Condenado a 6 años y 8 meses de cárcel un joven por maltrato habitual a su pareja en la provincia de León

El TSJCYL desestima el recurso de apelación presentado por el condenado, confirma de forma íntegra la sentencia del tribunal leonés y le impone las costas del proceso

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ratifica la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de León que condena a un joven por maltrato habitual a su pareja y por cinco delitos de malos tratos en el marco de la violencia sobre la mujer.

El TSJ desestima el recurso de apelación presentado por el condenado, confirma de forma íntegra la sentencia del tribunal leonés y le impone las costas del proceso. Dicha sentencia establecía diversas penas que suman seis años y ocho meses de prisión, además de la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 100 metros y de comunicarse con ella.

Según consta en la sentencia, el acusado mantenía una relación sentimental estable con la denunciante que duró cuatro años y concluyó por instancia de la chica en noviembre de 2018. De acuerdo con el escrito del Tribunal, “el acusado, ya desde el comienzo de esa relación sentimental, dio muestras de un comportamiento violento y agresivo para con su pareja sentimental, como manifestación de su dominio sobre la misma, caracterizado por constantes amenazas, humillaciones y agresiones físicas, cometidas con una clara intención de menospreciarla, humillarla, anularla y denigrarla, aislándola tanto de su familia y amigos como de sus compañeros y compañeras de clase”.

Así el acusado, “movido especialmente por celos”, prohibía a su pareja sentimental relacionarse con otros chicos y amigos, llamándola por teléfono continuamente, incluido a altas horas de la madrugada, controlándola durante todo el día a través de videollamadas telefónicas y mensajes WhatsApp, obligándola a comunicarle cuando se encontraba acostada o se levantaba de la cama, hasta el extremo de que la víctima tenía que pedirle permiso para utilizar la ducha y decirle a que hora entraba y salía del baño, tal y como se detalla en la sentencia.

Asimismo, el acusado controlaba todas las amistades de su compañera sentimental, también su forma de vestir y si no le gustaba la ropa que llevaba puesta la obligaba a regresar a su casa para cambiarse, o la impedía asistir a clase para que no pudiera relacionarse con otros chicos y compañeros con la amenaza de que, en caso contrario, la iba a agredir. Cuando el acusado pensaba o imaginaba que ella estaba o podía haber estado con otros hombres, la daba empujones y puñetazos y patadas en varias partes de su cuerpo, diciéndole que “la tenía que matar, que era una puta y una zorra y que lo hacía para que aprendiera a comportarse”.

Ante esta situación, la víctima intentaba ocultar ante su familia, amistades y compañeras de estudio, los hematomas y golpes producidos por las agresiones sufridas, tapándose con ropa las partes lesionadas de su cuerpo u ocultando los ojos poniéndose gafas o maquillándose, e intentando estar el tiempo mínimo posible en su domicilio con su familia, para que no le vieran sus padres el estado físico en que se encontraba o no acudiendo a algunas clases para evitar que sus compañeras, ante las evidencias de los hematomas que presentaba en su cuerpo, le hicieran preguntas incómodas a respecto. Otras veces, cuando sus amigas le pedían explicaciones por la causa y origen de su deplorable estado físico, les decía que se había caído o golpeado con alguna puerta o tenido algún accidente, “todo por el miedo que tenía al acusado y para evitar que llegara a su conocimiento, pues este la decía que si comentaba algo de las agresiones la iba a agredir todavía más”, añade el dictamen judicial.

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