18 meses de prisión
Condenado por tocarle los genitales a una joven que orinaba en la calle en Béjar (Salamanca)
El hechos ocurrieron en julio de 2018 cuando la víctima aseguró que él le había introducido dos dedos en la vagina, pero la Audiencia considera que hubo “tocamiento sin llegar a penetración”

La Audiencia Provincial de Salamanca condenó a 18 meses de prisión a un hombre por un delito de abuso sexual, tras tocarle los genitales a una joven cuando esta orinaba entre dos coches estacionados en la vía pública en Béjar (Salamanca).
Los hechos ocurrieron de madrugada en el mes de julio de 2018, cuando según relató la víctima en el juicio y como sostenía la Fiscalía, el varón le introdujo los dedos en la vagina, mientras que el ahora condenado mantenía que tan solo había insultado e increpado a la mujer para que se tapara.
Ante estas declaraciones, la sala de la Audiencia de Salamanca consideró que “no está acreditada de forma suficiente dicha penetración vaginal”, ya que “parece extremadamente complicado y contrario a las leyes de la lógica, que en la posición en que se encontraba se produjera la introducción como fue relatada”.
De este modo, en la sentencia, los magistrados expusieron que “existen datos para poner en duda ese acceso vestibular”, ya que la víctima señaló que “en el momento de producirse los hechos, no había terminado todavía de orinar, por lo que por tanto la posición en que se debía encontrar era de cuclillas, muy cercana su zona vaginal al suelo para evitar salpicaduras de la orina”.
Una posición en la que, según expone la sentencia, “resulta muy difícil que una persona se acerque por la espalda y le dé tiempo a agacharse lo suficiente para introducir los dedos en la vagina”, sin que la víctima se hubiera percatado de su presencia e instintivamente se moviera, lo que “complicaría mucho más la introducción de los dedos en la vagina”.
Para los magistrados, “una posibilidad más lógica” es que la víctima, que tenía 24 años cuando se produjeran los hechos, “se moviera al percatarse de la presencia del acusado y sintiera el tocamiento en la zona vaginal, sin llegar a la penetración”.
Asimismo, consideraron “difícil de creer que en la situación vivida y tal como ocurrieron los hechos, que tuvieron que ser escasos segundos”, la víctima “pudiera apreciar que no solamente la introdujeron los dedos, sino que sea capaz de concretar que fueron dos dedos”.
El condenado, que no podrá acercarse ni comunicarse con la víctima, tendrá además que indemnizarla con 1.000 euros y abonar parte de las costas de la acusación particular. No obstante, la sentencia de la Audiencia salmantina no es firme, sino que puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
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