El delegado del Gobierno en CyL ve “inviable” el toque de queda a partir del domingo al no existir estado de alarma
Javier Izquierdo afirma que es una limitación a derechos fundamentales que necesita “algún tipo de herramienta jurídica para salir adelante”

El delegado del Gobierno en Castilla y León, Javier Izquierdo, consideró hoy en Valladolid que el toque de queda a partir del próximo domingo es “inviable” al no existir ya el estado de alarma en el país. “Entiendo que el 9 de mayo, cuando decaiga el estado de alarma, no habrá toque de queda en la medida que se trata de una limitación a derechos fundamentales que necesita algún tipo de herramienta jurídica para salir adelante”, aseveró.
Durante la presentación del nuevo portal de la Tesorería de la Seguridad Social, Import@ss, Izquierdo recordó cuando el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, decidió, de manera unilateral, adelantar el toque de queda a las 20 horas, lo que suponía “excederse” a las facultades que ofrecía el estado de alarma, algo que fue anulado, como medida cautelar, por los tribunales.

Rubén Cacho / ICAL. El delegado del Gobierno en Castilla y León, Javier Izquierdo
Además, el delegado del Gobierno apuntó que, con carácter general, se permitirá la libertad de reunión aunque cabe la posibilidad, precisó, que la Comunidad Autónoma pueda acometer alguna restricción, al amparo de la Ley General de Salud Pública, en algunos municipios y bajo unas “circunstancias muy concretas” y siempre por razones motivadas en función de la pandemia del COVID. No en vano, señaló, según declaraciones recogidas por la Agencia Ical, que la Junta aprobó entre los dos estados de alarma, cierres perimetrales y limitaciones a la libertad de circulación y de reunión durante el verano. Eso sí, dejó claro que toda decisión de estas características deberá contar con el respaldo y la ratificación de los tribunales del Contencioso Administrativo.
Preguntado por si las órdenes de la Junta podrían aplicarse y, por tanto, multar a los infractores, Izquierdo subrayó que las resoluciones judiciales suelen ser muy rápidas y se publican en menos de 24 horas. Se refirió a la celeridad de los tribunales al hablar de derechos fundamentales y apuntó que “todas” las órdenes o acuerdos que dictó la Junta en materia de restricciones a algún derecho fundamental, en base a la Ley General de Salud Pública, contaron con resoluciones judiciales en uno o dos días. En todo caso, precisó que la competencia para sancionar corresponde a la comunidad autónoma.
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