El Supremo ratifica la anulación de la licencia de vertidos de Berkeley para su mina de uranio en Retortillo (Salamanca)

La plataforma Stop Uranio apunta que esta decisión judicial supone dar “carpetazo final” al proyecto de la multinacional australiana en la provincia salmantina

La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo, encabezada por el anterior presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, ratificó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de febrero de 2022 por la que se considera nula la autorización de vertidos concedida por la Confederación Hidrográfica del Duero en 2016 para la mina de uranio de Retortillo, rechazando el recurso de casación presentado por Berkeley Minera.

El Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes recurrió esa autorización y ahora el alto tribunal le da la razón, sentenciando que la misma “no se ajusta a derecho”, lo que, según manifestó este jueves la plataforma Stop Uranio en un comunicado remitido, supone dar “carpetazo” final al proyecto de la multinacional australiana en Salamanca.

El Tribunal Supremo, en su sentencia fechada el 18 de enero, asume los argumentos dados por el TSJCyL para considerar que la Declaración de Impacto Ambiental dada por la Junta de Castilla y León, administración autonómica, en octubre de 2013 no es válida para un permiso otorgado por la Confederación Hidrográfica del Duero, que es administración del Estado.

En la sentencia del Tribunal Supremo se considera que el proyecto de vertidos y sus modificados posteriores presentados ante la CHD para obtener la autorización recurrida, “tenía entidad suficiente para ser un proyecto independiente de la actividad minera”, por lo que necesitaba una evaluación ambiental que se debiera aprobar por la Administración del Estado.

La sentencia hace hincapié en el hecho se trata una “instalación radiactiva de primera categoría dentro del ciclo de combustible nuclear”, en la que no solo se van a tratar minerales procedentes de Retortillo sino de otros yacimientos que la empresa denomina ‘Proyecto Salamanca’. También tiene en cuenta que los vertidos se iban a realizar en una zona encuadrada en la Red Natura 2000, “lo que debiera extremar las precauciones de que no se iba a ver afectada por el proyecto emprendido por la empresa”.

Esta sentencia se une a las emitidas recientemente por el TSJCyL que anularon la autorización excepcional de la mina en suelo rústico dada por Junta de Castilla y León y la licencia urbanística parcial concedida por el Ayuntamiento de Retortillo. “La empresa había anunciado que iba a recurrir en casación ambas sentencias desfavorables, pero tras el varapalo sufrido ahora en el Tribunal Supremo no sabemos si le quedarán ganas de seguir enredando en los tribunales”, apuntó Stop Uranio.

“No sabemos qué conejo sacará Berkeley de la chistera para seguir mercadeando en bolsa con el valor de sus acciones, que si recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional o ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, pero lo mejor que puede hacer es anunciar su retirada definitiva y la venta de las más de 500 hectáreas adquiridas en Retortillo para su frustrado intento de abrir una mina de uranio en el Campo Charro”, sentenció la plataforma en su comunicado.

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