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Interceptan al conductor de un autobús que triplicaba la tasa de alcoholemia cuando iba a recoger a 60 jóvenes

El chófer arrojó un resultado positivo con unas tasas de 0,46 y 0,43 miligramos por litro de aire espirado, cuando el máximo permitido para este tipo de vehículos es de 0,15

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La Guardia Civil de Ávila interceptó al conductor de un autobús que triplicaba la tasa de alcohol permitida en aire espirado cuando iba vacío y se dirigía a recoger a un grupo de 60 jóvenes que había contratado sus servicios para regresar a la capital amurallada desde las fiestas patronales de la localidad de Papatrigo, donde los agentes desarrollaban un servicio preventivo de alcohol y drogas, y evitar así el uso de vehículos particulares.

Los hechos ocurrieron en la mañana del 18 de agosto, cuando los funcionarios públicos detuvieron el vehículo, dentro del control planteado. Al realizar la prueba de detección de alcohol al conductor, en servicio discrecional, éste arrojó un resultado positivo con unas tasas de 0,46 y 0,43 miligramos por litro de aire espirado, cuando el máximo permitido para este tipo de vehículos es de 0,15. Por ello, se le formuló una denuncia por vía administrativa y se inmovilizó del vehículo para evitar de este modo el transporte de los 60 pasajeros.

La benemérita recordó la peligrosidad que supone la conducción bajo los efectos del alcohol y drogas en todo tipo de vehículos, pues su ingesta influye en el conductor de un vehículo con la disminución de la capacidad sensorial, de reflejos y de atención en la conducción, desvirtuando la percepción de la realidad, determinando una conducción inapropiada y creando un concreto peligro para la vida propia y del resto de los usuarios de la vía, aumentando exponencialmente la posibilidad de sufrir un siniestro vial.

Estas conductas al volante podrían conllevar administrativamente hasta 1.000 euros de sanción y penalmente podrían ser castigadas con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. En cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

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