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La Audiencia de Palencia confirma la condena a una pareja por agredirse mutuamente durante una discusión

La sala desestima el recurso presentado por el acusado contra la sentencia en un primer momento

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La Audiencia Provincial de Palencia confirmó la sentencia a un hombre y una mujer por agredirse mutuamente durante una discusión de pareja en su domicilio de la localidad palentina de Fromista. Además, la sala desestima el recurso de apelación presentado por el acusado contra la sentencia en un primer momento.

En este sentido, el Juzgado de los Penal de la capital condena al hombre a una pena de nueves meses de prisión como autor responsable criminalmente de un delito de maltrato en el ámbito de la violencia de género, y que indemnice a la mujer en la cantidad de 200 euros por las lesiones y en la cantidad de 5.600 euros por la secuela, con la imposición del pago de la mitad de las costas procesales.

Además, se suma la prohibición del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de dos años y un día y prohibición de aproximación a la otra parte involucrada, a menos de 200 metros, al igual que comunicarse con la misma por cualquier medio por tiempo ambas de 21 meses.

Por su parte, la mujer es condenada como autora responsable criminalmente de un delito de maltrato en el ámbito de la violencia doméstica, con una pena de cárcel y de alejamiento igual que la de la otra parte del proceso judicial. A diferencia, la Audiencia de Palencia la solicita que indemnice en la cantidad de 600 euros por las lesiones realizadas a la otra parte, además de imponerla el pago de la mitad de las costas procesales.

De esta manera, la sentencia refleja probados los hechos ocurridos donde los acusados, pareja sentimental, se encontraban en el domicilio familiar situado en la localidad palentina de Frómista. Lugar en el que comenzaron a discutir, “con ánimo de menoscabar recíprocamente sus integridades físicas, el acusado empujó a la acusada y ésta le propinó diversos golpes en la cara a aquél,quien a continuación con un cúter cortó a la acusada en el antebrazo izquierdo cuando ella se cubría la cara”.

A consecuencia de estos hechos, la acusada sufrió lesión “consistente en herida superficial en cara anterior de antebrazo izquierdo, que precisó de primera asistencia, tardando en curar cinco días, todos ellos de perjuicio básico, quedándole como secuela una cicatriz de cinco centímetros en cara anterior de antebrazo izquierdo que constituye un perjuicio estético moderado valorable en ocho puntos”. Por otro lado, el acusado sufrió “contusiones equimóticas en mejilla derecha y región mandibular derecha, que precisaron de primera asistencia, tardando en curar diez días de perjuicio moderado”, relata la sentencia.

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