La Audiencia de Zamora reduce 2 años y 2 meses una condena por agresión sexual en virtud de la Ley del ‘solo sí es sí’

El condenado agredió sexualmente a un joven con discapacidad

La Audiencia Provincial de Zamora ha reducido de 13 años y 8 meses de cárcel a 11 años y 6 meses la pena de prisión impuesta a un condenado por agresión sexual en virtud de la aplicación de la Ley del ‘Solo sí es sí’, al revisar una sentencia firme emitida el 4 de abril de 2022.

En norma penal aplicada en la sentencia que se revisa, la penalidad asignada al caso era de 12 a 15 años y el tribunal impuso la pena en su mitad superior, es decir, 13 años y 8 meses de cárcel. No obstante, la penalidad asignada ahora a los hechos es de 7 a 15 años, de manera que la mitad superior es de 11 a 15 años, por lo que la penalidad en la redacción vigente es más benigna, al ser inferior en dos años y medio la pena establecida en la reforma, según recoge la sentencia.

El condenado, según reflejan los hechos probados en la sentencia que ha sido revisada, abordó a la puerta de un establecimiento hostelero a un joven de 26 años, que padece una discapacidad física y psíquica del cien por cien, y le ofreció hacerle una felación. Al rechazar el joven el ofrecimiento, sacó una navaja y le amenazó para conducirle tras un pabellón deportivo, donde materializó la felación, además de obligarle a penetrarle analmente.

Acto seguido, la persona agredida regresó al establecimiento y envió un mensaje a su madre en el que aseguró que le había “tocado hacer una guarrada”. En el lugar de los hechos, se halló un preservativo usado con restos de semen, que resultó ser, de forma “indubitada” del agresor, una vez realizada la correspondiente prueba de ADN.

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