Una segoviana queda exonerada de una deuda de más de 86.000 euros con la ley de Segunda Oportunidad

El Juzgado de lo Mercantil de Segovia acordó exonerar a una segoviana de una deuda de más de 86.000 euros con diferentes acreedores, al beneficiarse de la Ley de Segunda Oportunidad, Según publicó hoy eldiasegovia.es, el caso se resolvió en enero pero ha sido ahora revelado por sus representantes legales, Repara tu Deuda Abogados.
Según la información obtenida por eldiasegovia.es del despacho de abogados, la concursada, dedicada a la venta de seguros y derivados y con unos ingresos estables, protagonizó un endeudamiento paulatino pero excesivo desde 2013, agravado por su situación de viudedad, que la condenó a una situación de insolvencia.
Entre los acreedores se encontraban el BBVA, el Banco Santander, Bankinter, CaixaBank, Cofidis, Findirect o Wizink Bank. La sentencia de la titular del Juzgado de lo Mercantil, dice que en este caso, “se cumplen los requisitos subjetivos y objetivos, no constando créditos no exonerables, al ser todos ordinarios”, así como que se dan “los presupuestos para acordar a conclusión [del concurso de acreedores] por carencia de bienes del deudor”
Repara tu Deuda Abogados expusieron que es clave acudir a un despacho especializado en este tipo de asuntos porque las personas que quieren acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad han de cumplir una serie de requisitos. En líneas generales, detallaron, es fundamental que el concursado no supere los cinco millones de euros de deuda, que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos en los diez últimos años y que actúe siempre de buena fe, de forma transparente, sin ocultar bienes ni ingresos.
El mecanismo de segunda oportunidad es un articulado adicional que fue incluido en 2015 en la Ley Concursal. Cualquier autónomo que no puede afrontar el volumen de su pasivo con los ingresos y el patrimonio que posee en ese momento está amparado para intentar llegar a un acuerdo de pago con sus acreedores. Y en caso de fracasar, tiene el derecho a solicitar la exoneración total de lo insatisfecho y a que un juzgado lo estudie.
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